Malvinas: el lunes vence el ultimátum y el Gobierno prepara un pedido al Tribunal del Mar para frenar Sea Lion

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La sede del Tribunal Internacional de Derechos del Mar

El gobierno de Javier Milei se prepara para abrir una nueva instancia en la controversia con el Reino Unido por la explotación petrolera en las Islas Malvinas. El próximo lunes vencerá el plazo de dos semanas que la Argentina concedió a Londres para detener las actividades vinculadas con Sea Lion, el proyecto desarrollado en la Cuenca Malvinas Norte. A partir de entonces, la Cancillería buscará que el Tribunal Internacional del Derecho del Mar disponga medidas provisionales para evitar que el emprendimiento avance antes de que comience la extracción de crudo, proyectada para 2028.

Según reconstruyó Infobae a partir de información oficial y consultas con especialistas en derecho internacional, la presentación aún no tiene una fecha definida. La estrategia se inscribe en el procedimiento anunciado por el Gobierno el 28 de septiembre y podría derivar en una primera resolución durante noviembre.

La distinción jurídica es central: la Argentina no puede ordenar por sí misma la paralización de Sea Lion. El objetivo oficial es pedir la intervención de una instancia internacional que, tras escuchar a las partes y evaluar los fundamentos, pueda dictar medidas provisorias, imponer restricciones o rechazar el planteo.

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La estrategia combina dos vías. Por un lado, el arbitraje previsto en el Anexo VII de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), que contempla la conformación de un tribunal arbitral. Por otro, una intervención previa del Tribunal Internacional del Derecho del Mar, con sede en Hamburgo, Alemania, que puede resolver pedidos urgentes mientras se constituye aquel órgano.

El arbitraje de fondo puede extenderse durante años. El trámite de las medidas provisionales es más veloz, por lo que concentra las expectativas inmediatas del Gobierno.

La decisión fue anunciada el 28 de septiembre por la Oficina del Presidente y ejecutada por el ministro de Relaciones Exteriores, Pablo Quirno. El comunicado informó que Milei instruyó a la Cancillería y a los equipos jurídicos a iniciar el arbitraje contemplado en el Anexo VII para impedir las actividades hidrocarburíferas de Sea Lion y otras medidas que, según la posición argentina, puedan agravar la controversia, como nuevos permisos de explotación.

La plataforma petrolera Sea Lion opera en las aguas del océano Atlántico cerca del archipiélago de las islas Malvinas. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El documento también señaló que la Argentina intimó formalmente al Reino Unido a adoptar, en un plazo de dos semanas, las medidas necesarias para impedir el inicio o la continuidad de esas actividades. En caso de incumplimiento, anticipó que recurriría al Tribunal para solicitar medidas destinadas a preservar sus derechos.

El Presidente ratificó el anuncio en su cuenta de X. “Instruí a la Cancillería y a nuestros equipos jurídicos a iniciar el arbitraje internacional contra el Reino Unido por el saqueo ilegal de nuestros recursos a través del Proyecto Sea Lion en la Cuenca Malvinas Norte”, escribió Milei. Luego agregó: “Si en 2 semanas el Reino Unido no frena la explotación ilegítima, vamos a ir al Tribunal Internacional del Derecho del Mar”.

El canciller Quirno también confirmó que el país notificó al Reino Unido el inicio del arbitraje previsto en la CONVEMAR. Además, advirtió que quienes exploren o exploten recursos naturales en Malvinas sin autorización argentina deberán enfrentar consecuencias.

La sede del Tribunal del Mar donde se debaten los recursos presentados por los países miembros

Qué puede pasar a partir del lunes

El vencimiento del ultimátum constituye un hito diplomático, pero no activa de manera automática la intervención del Tribunal Internacional del Derecho del Mar. La Argentina deberá presentar el pedido, exponer sus fundamentos y demostrar la urgencia de las medidas solicitadas.

El procedimiento está regulado por el artículo 290 de la CONVEMAR. Su párrafo quinto establece que, antes de que se constituya un tribunal arbitral, el Tribunal Internacional del Derecho del Mar puede disponer medidas provisionales si considera, en principio, que el futuro tribunal tendría jurisdicción y que las circunstancias requieren una intervención urgente.

La norma prevé un plazo de dos semanas desde la notificación a la contraparte de una solicitud de medidas provisionales cuando los Estados no acordaron otro órgano para examinarlas. Ese requisito procesal debe diferenciarse del ultimátum diplomático formulado por Buenos Aires. Para establecer si ambos plazos comenzaron en forma simultánea será necesario conocer el contenido completo de las comunicaciones entre los gobiernos.

Lo confirmado es que la Argentina notificó al Reino Unido el inicio del arbitraje y trabaja en una presentación para obtener medidas provisionales. Si el pedido se formaliza durante octubre, una primera decisión podría conocerse en noviembre, de acuerdo con los plazos que exhiben antecedentes del Tribunal. No se trata, sin embargo, de un término fijo ni automático.

Los jueces deberán analizar si existe una base suficiente para entender que el tribunal arbitral podría tener competencia sobre el caso y si la continuidad de las actividades puede causar un perjuicio que justifique preservar los derechos discutidos.

Los argumentos argentinos apuntarán, entre otros aspectos, al carácter no renovable de los hidrocarburos. Una vez extraído, el petróleo no puede restituirse. El planteo también incluiría los efectos de las perforaciones sobre el lecho y el subsuelo marino.

Si los jueces admitieran el pedido, podrían ordenar medidas para impedir que el proyecto avance mientras se tramita el arbitraje. Las medidas provisionales son obligatorias para las partes, según el artículo 290.6 de la Convención. El tribunal arbitral que se conforme después podrá mantenerlas, modificarlas o revocarlas.

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El antecedente de la Fragata Libertad

El caso de la Fragata ARA Libertad, retenida en Ghana en 2012 por una acción de acreedores de la deuda argentina, es el antecedente local que el Gobierno considera relevante. Durante la presidencia de Cristina Kirchner, la Argentina promovió un arbitraje bajo el Anexo VII de la CONVEMAR y pidió medidas provisionales al Tribunal Internacional del Derecho del Mar para conseguir la liberación del buque.

La solicitud se presentó el 14 de noviembre de 2012. Tras las audiencias de los días 29 y 30 de ese mes, el Tribunal ordenó el 15 de diciembre que Ghana liberara de inmediato y sin condiciones a la fragata, permitiera la salida de su comandante y tripulación y garantizara las condiciones para que abandonara el puerto.

Entre el pedido argentino y la decisión transcurrió cerca de un mes. La medida permitió alcanzar el objetivo urgente sin esperar el resultado del arbitraje de fondo.

Los fundamentos de ambos casos son distintos. En 2012 se discutía la inmunidad de un buque de guerra; en el conflicto actual se debate la explotación de hidrocarburos en espacios marítimos relacionados con una controversia territorial. El mecanismo para requerir una respuesta urgente, en cambio, es comparable.

También existe un antecedente vinculado con la actividad petrolera. En 2015, Costa de Marfil recurrió a una sala especial del Tribunal en su controversia con Ghana por la delimitación marítima. El litigio incluía perforaciones y explotación de hidrocarburos en un área disputada.

Costa de Marfil pidió la suspensión de las actividades. La sala no aceptó esa pretensión en forma íntegra, pero ordenó a Ghana impedir nuevas perforaciones mientras se desarrollaba el proceso y dispuso otras medidas para proteger los derechos de las partes y el medio marino.

El caso muestra que una jurisdicción internacional puede restringir nuevas actividades hidrocarburíferas sin resolver el fondo de una disputa marítima. En Sea Lion, la primera producción comercial aún no comenzó y las perforaciones de desarrollo están proyectadas para 2027, una circunstancia que incidirá en el análisis de la urgencia y el alcance de las medidas.

El abogado especializado en derecho internacional público Leopoldo Godio, doctor por la Universidad de Buenos Aires y la Universidad Católica Argentina y director del Instituto de Derecho Internacional del Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales (CARI), consideró positiva la decisión de recurrir al sistema de solución de controversias de la CONVEMAR. “Yo creo que la estrategia es buena”, afirmó a Infobae.

Sea Lion ya tiene inversiones comprometidas

El proyecto que el Gobierno busca detener dejó de ser una iniciativa exploratoria. Sea Lion se encuentra a unos 220 kilómetros al norte de las Islas Malvinas y su primera producción está prevista para el primer trimestre de 2028.

Las compañías a cargo son Navitas Petroleum, de Israel, que controla el 65 % y opera el desarrollo, y Rockhopper Exploration, del Reino Unido, con el 35 % restante. Rockhopper descubrió el yacimiento en 2010; Navitas se incorporó después y asumió el control operativo mediante una subsidiaria británica.

A fines de 2025, ambas empresas tomaron la decisión final de inversión para la primera etapa. El plan contempla once pozos submarinos y una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga de petróleo, conocida como FPSO.

Las dos primeras fases utilizarían el Aoka Mizu, una unidad con una capacidad prevista de alrededor de 55.000 barriles diarios. Las compañías, además, impulsan una expansión a través de una segunda unidad flotante.

El 7 de octubre, Rockhopper informó que acordó invertir USD 44 millones para adquirir su participación proporcional del 35 % en la sociedad propietaria de la FPSO OSX-1. La operación integra los preparativos para acelerar el desarrollo de otra zona de Sea Lion. En septiembre, la firma había comunicado la obtención de USD 200 millones mediante mecanismos de ampliación de capital para financiar inversiones relacionadas con el proyecto.

Las acciones de Buenos Aires también tuvieron consecuencias empresariales. El 2 de octubre, la Oficina del Presidente anunció que Halliburton ratificó que ninguna de sus filiales prestaría servicios al proyecto. Tres días más tarde, Navitas reconoció que las actuaciones argentinas afectaban ciertas contrataciones y que procuraba reemplazar a dos contratistas que, según informó, no cumplieron sus compromisos.

La empresa israelí sostuvo, de todos modos, que continuaba con el desarrollo con respaldo del Gobierno británico y de las autoridades de las islas. Además, afirmó que, con la información disponible, no esperaba un efecto material adverso sobre el proyecto.

Los fundamentos jurídicos de la Argentina

El planteo de la Cancillería se apoyará en tres ejes: la controversia de soberanía reconocida por las Naciones Unidas, las obligaciones de la CONVEMAR sobre espacios marítimos y recursos, y la exigencia de evitar modificaciones unilaterales mientras no se resuelva el conflicto.

La Resolución 2065 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada en 1965, reconoció una disputa de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido sobre las Islas Malvinas e instó a ambos países a encontrar una solución mediante negociaciones.

La Resolución 31/49, aprobada el 1 de diciembre de 1976, llamó a las partes a abstenerse de adoptar decisiones que implicaran modificaciones unilaterales de la situación mientras siguiera pendiente el proceso recomendado por la Asamblea General. La norma cumplirá 50 años en diciembre próximo. El Gobierno sostiene que el avance de Sea Lion contradice esa orientación.

La Argentina también buscará vincular el caso con las obligaciones de protección del medio marino y de los recursos ubicados en el lecho y el subsuelo. En ese marco aparece el artículo 83.3 de la CONVEMAR, que exige evitar acciones que obstaculicen o pongan en peligro una solución definitiva mientras está pendiente la delimitación de una plataforma continental.

Su aplicación a Malvinas será una cuestión discutida. La disposición se refiere a controversias de delimitación marítima y no resuelve, por sí sola, disputas de soberanía territorial.

Esta es una de las principales dificultades de la estrategia argentina. El Tribunal Internacional del Derecho del Mar no tiene una competencia general para decidir a qué país pertenecen las Islas Malvinas: el sistema de solución de controversias de la CONVEMAR se limita a la interpretación y aplicación de la propia Convención.

Por eso, la Argentina deberá plantear una controversia sobre derechos y obligaciones marítimos sin pedir que el Tribunal resuelva la soberanía. El Reino Unido podría objetar que el reclamo exige definir antes quién ejerce soberanía sobre las islas.

Una discusión de ese tipo apareció en el caso del archipiélago de Chagos. En 2015, un tribunal arbitral examinó una demanda de Mauricio contra el Reino Unido por la creación unilateral de un área marina protegida. El tribunal rechazó algunas pretensiones porque requerían resolver previamente una disputa territorial, aunque concluyó que el Reino Unido incumplió otras obligaciones de la CONVEMAR vinculadas con esa área.

Una argentina en la vicepresidencia del Tribunal

La vicepresidenta del tribunal del mar, la argentina Armas Pfirter

El anuncio oficial coincidió con una novedad institucional en Hamburgo. El 1 de octubre, el Tribunal Internacional del Derecho del Mar eligió como vicepresidenta a la jurista argentina Frida María Armas Pfirter para el período 2026-2029.

Armas Pfirter integra el Tribunal desde 2023. Entre 1997 y 2023 fue coordinadora general de la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA) y actualmente integra el Comité Ejecutivo del CARI.

El Tribunal está formado por 21 jueces independientes de distintas nacionalidades y es presidido por Maurice Kamga, de Camerún. Un comunicado del 2 de octubre informó la reorganización de sus salas: Armas Pfirter también integra la Sala de Procedimiento Sumario, que puede disponer medidas provisionales en condiciones específicas, por ejemplo, si el Tribunal no está reunido o no cuenta con quórum.

La presencia de una argentina en la vicepresidencia es un dato institucional, pero no anticipa ventajas procesales ni el contenido de una eventual decisión. Los jueces actúan de forma independiente y no representan a sus gobiernos.

Una decisión que podría llegar en noviembre

Los integrantes del Tribunal del Mar

La discusión inmediata se concentra en el vencimiento del plazo concedido al Reino Unido. La Argentina ya notificó el inicio del arbitraje bajo la CONVEMAR y prepara el pedido para que el Tribunal Internacional del Derecho del Mar evalúe medidas provisionales.

El Gobierno deberá definir cuándo presentará el escrito y completar los requisitos procesales. Si lo hace durante octubre, los antecedentes permiten contemplar una primera decisión en noviembre. El Tribunal tendrá que determinar si existe competencia preliminar suficiente y si las circunstancias justifican una intervención urgente.

Una resolución podría restringir nuevas actividades, disponer medidas para preservar los derechos en discusión o rechazar la solicitud argentina. No constituiría una definición definitiva sobre la soberanía de las Islas Malvinas.

El arbitraje de fondo continuará por otra vía y puede demorar años. La meta inmediata de la administración de Milei es conseguir que una instancia judicial internacional preserve la situación actual antes de que Sea Lion avance hacia las perforaciones y la extracción de petróleo.

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