El gobierno de Entre Ríos logró que la Justicia lo habilite a continuar la transformación de su Programa Alimentario Escolar

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El gobierno de Entre Ríos debe garantizar que ningún alimento de los comedores escolares de la provincia contenga sellos de advertencia (Imagen ilustrativa Infobae)

La transformación del Programa Alimentario Escolar (PAE) de Entre Ríos puede avanzar. El vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones Nº 9 de Paraná, Juan Francisco Malvasio, dictó sentencia definitiva el 21 de agosto —en el marco del Legajo N° 36.759— y su alcance fue considerablemente más acotado que lo que reclamaban los accionantes: el magistrado no frenó el sistema centralizado de provisión de alimentos, no anuló la licitación adjudicada ni ordenó retornar al esquema anterior de giro de fondos a directores de escuela. La única prohibición que impuso fue la de distribuir productos con sellos de advertencia en los comedores de los establecimientos educativos públicos dependientes del Consejo General de Educación (CGE).

El fallo dispone que el Poder Ejecutivo provincial se abstenga de ofrecer, servir, entregar o distribuir en los comedores escolares productos alimenticios no perecederos destinados a desayunos y meriendas que contengan uno o más sellos de advertencia o leyendas precautorias, conforme al artículo 12 de la Ley Nº 27.642, conocida como la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable. Al mismo tiempo, la resolución exige que se garantice, de forma simultánea e ininterrumpida, la provisión de productos que no estén alcanzados por esa restricción.

El amparo colectivo había sido presentado el 31 de julio por un grupo de madres y padres en representación de sus hijos, junto con la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER) y la Fundación CAUCE. Los accionantes reclamaban frenar por completo el nuevo sistema centralizado y regresar al mecanismo previo. Malvasio no hizo lugar a ese pedido ni en la medida cautelar que dictó el 5 de agosto ni en la sentencia definitiva del 21 del mismo mes.

La discusión se encuadró en la contratación de la firma Teknofood SA, a quien el Gobierno adjudicó la provisión de insumos para comedores mediante la Licitación Pública N° 02/26, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta. A través de ese contrato —que la sentencia no rescindió— el Ejecutivo reemplazó el giro de fondos a directores de escuela por un sistema centralizado de compras que, según argumentó la Provincia, permite ajustar la provisión a la matrícula y la asistencia escolar concreta de cada período, evitar compras excesivas o subejecuciones, y garantizar que el Estado solo erogue por las prestaciones realmente requeridas.

La razón por la que el juez no pudo ir más allá de la cuestión del etiquetado tiene base jurídica: Entre Ríos nunca adhirió a la Ley 27.642. El artículo 12 de esa norma —el que regula comedores y entornos escolares— requiere reglamentación provincial para tener vigencia en cada jurisdicción, y esa reglamentación no existe en la provincia. Lo único con sustento legal firme, independientemente de la adhesión, es la obligación nacional de etiquetado que recae sobre el fabricante. Ese límite normativo dejó al magistrado sin margen para suspender el sistema en sí mismo.

La administración que encabeza Rogelio Frigerio está llevando a cabo la transformación de su Programa Alimentario Escolar

En su resolución, Malvasio fue explícito al respecto: “No importa —como se dijo— que este Tribunal se arrogue facultades de gestión que la Constitución reserva al Poder Ejecutivo. El control aquí ejercido se ciñe a un juicio de legalidad estricto, circunscripto a la verificación del cumplimiento de un mandato legal puntual, previamente definido por el legislador”, según consta en la sentencia publicada por UNO Entre Ríos.

La resolución también ratificó las facultades del Poder Ejecutivo provincial para organizar el PAE, determinar los mecanismos de adquisición, seleccionar los productos dentro del marco legal, establecer los menúes, definir proveedores, disponer controles y administrar los recursos. Además, reconoció valor probatorio a la documentación técnica presentada por la Provincia y consideró acreditado que la centralización de las compras surgió de un diagnóstico previo orientado a mejorar la trazabilidad, los controles y la homogeneidad de la prestación. El magistrado también subrayó que el interés superior del niño es el principio rector en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, y que las dificultades administrativas o presupuestarias no eximen al Estado de garantizar los estándares nutricionales establecidos.

El Gobierno de Entre Ríos indicó que adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para dar cumplimiento a la resolución y realizará las adecuaciones correspondientes respecto de los productos alcanzados por ella. En ese sentido, la administración provincial aclaró que su objetivo no es defender un producto, una marca o una empresa, sino garantizar una mejor alimentación para los estudiantes entrerrianos. El esquema en marcha es mixto: desayunos y meriendas tendrán una organización provincial centralizada, mientras que los almuerzos continuarán bajo la órbita de cada escuela, que seguirá realizando compras en comercios y proveedores de cada localidad.

La transformación del sistema comenzó a trabajarse desde el inicio de la gestión y, tras más de un año de elaboración, derivó en la licitación pública ya adjudicada. El Ejecutivo provincial informó que continuará analizando los fundamentos jurídicos de la sentencia y los pasos procesales correspondientes, al tiempo que avanzará con el cambio de sistema fortaleciendo los controles, la transparencia y la calidad de la alimentación que reciben los alumnos.

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